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Publican carga máxima de cerdos por hectárea para engorde de bellota

11 August 2014

ESPAÑA - En aplicación de la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérica, aprobada en enero, se ha publicado en el visor SIGPAC de Andalucía la nueva capa de montanera, llamada “Zonas aptas para el engorde de bellota”, que asigna a cada explotación la superficie arbolada cubierta, carga ganadera máxima admisible y el número de animales admisible.

Según reporta Agroinformación, en la mejor de las dehesas, la carga máxima será de 1,25 cerdos/ha.

En enero de este año el gobierno aprobó el Real Decreto 4/2013, por el que se aprueba la Norma de Calidad cuya finalidad es evitar la confusión del consumidor sobre los productos del cerdo ibérico. En ella se establecen las características de calidad que deben reunir los productos procedentes del cerdo ibérico producidos en España, por lo que contiene obligaciones en cuanto a manejo, carga ganadera, peso de sacrificio, proceso de elaboración y etiquetado del producto para mejorar la calidad de los mismos.

Entre las medida previstas por esta ley, se preveía controlar la asignación a cada explotación de unos máximos de superficie, carga ganadera admisible y número de animales. Por ello, se ha publicado en el visor SIGPAC de Andalucía la nueva capa de montanera, llamada “Zonas aptas para el engorde de bellota”.

Esta capa asignará a cada recinto SIGPAC de las explotaciones porcinas en extensivo, la superficie arbolada cubierta, la carga ganadera máxima admisible y en consecuencia, el número de animales admisible. Los datos técnicos utilizados para su elaboración han sido la capa de formación adehesada de Andalucía, la capa de montanera y el SIOSE de Andalucía 2009.

El objetivo final es poder contar en el SIGGAN con la carga ganadera máxima admisible de cada explotación por lo que se recuerda la necesidad de que los titulares de explotaciones porcinas extensivas susceptibles de incluirse en la capa de montanera del SIGPAC acudan a ASAJA Córdoba o a las oficinas comarcales agrarias para realizar la georreferenciación de sus explotaciones ganaderas, y que lo hagan antes del 1 de septiembre.

Una vez asignados los recintos y parcelas que componen cada explotación ganadera, se podrá calcular la capacidad “máxima” de cerdos que podrán entrar en la próxima montanera para que puedan ser certificados como de categoría bellota y que será la suma de las capacidades de cada uno de los recintos incluidos en el código de explotaciónes.

Del equipo de redacción de ElSitioPorcino



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