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Cataluña avanza en agilización de tramitación de planes de gestión de deyecciones ganaderas

09 January 2015

ESPAÑA - Con vistas a agilizar la tramitación de los planes de gestión de deyecciones ganaderas y a reforzar los controles en la gestión de estos fertilizantes, el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) de Cataluña ha establecido, con la Orden AAM/389/2014 (DOGC núm. 6782), el carácter obligatorio de la utilización de la aplicación informática gestión de deyecciones ganaderas y nitrógeno (GDN) para redactar dichos planes de gestión.

Según el DAAM, esto constituye un paso más en el desarrollo del modelo catalán de administración electrónica: facilitar el uso de los medios electrónicos en las relaciones entre las administraciones públicas y la ciudadanía.

La GDN es una aplicación informática en entorno web, implementada en el sitio web del Departamento (http://www.gencat.cat/agricultura), destinada a la elaboración de planes de gestión de deyecciones ganaderas y planes de gestión de plantas de tratamiento de deyecciones ganaderas (solas o mezcladas con otros materiales), incluyendo la modificación de los planes conjuntos.

Permite la supervisión y el control sobre los planes de gestión y explotación de la información que contienen. La aplicación GDN dirige principalmente al personal técnico del sector que elabora planes de gestión, y también al personal del DAAM implicado en la consulta, gestión y tramitación de estos planes, y es por eso que tiene en cuenta diferentes perfiles de usuario.

La Orden AAM/389/2014 establece un periodo transitorio de un mes, desde su publicación, para la plena obligatoriedad en el uso de la aplicación informática GDN, por lo que a partir del 6 de febrero de 2015 los planes de gestión de deyecciones ganaderas que se presenten a la Administración deben haber sido elaborados con dicha aplicación.

Por otra parte, la Orden AAM/389/2014 desarrolla la previsión de la normativa de prevención y control ambiental de actividades (Ley 20/2009) relativa al personal técnico habilitado para redactar y firmar planes de gestión de deyecciones ganaderas. Establece los títulos universitarios o de grado que pueden optar, el procedimiento de habilitación (que incluye sesiones formativas) y los casos en que el DAAM puede retirar la habilitación.

Se establece un periodo transitorio de cuatro meses, desde la publicación de la Orden, para la plena operatividad del sistema de técnicos habilitados.

Así, a partir del 6 de mayo de 2015, los planes de gestión de explotaciones incluidos en el anexo III, si no prevén incrementos de producción de deyecciones superiores a 7.000 kg N, deberán estar elaborados y firmados por personal técnico habilitado.

Esto sustituye la necesidad de informe favorable del DAAM: estas explotaciones podrán efectuar la comunicación ambiental al Ayuntamiento, prevista en la normativa de prevención y control ambiental (Ley 20/2009), con el plan firmado por técnico habilitado y sin necesidad de esperar el informe del DAAM sobre el plan de gestión.

Del equipo de redacción de ElSitioPorcino



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