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UE publica Reglamento con normas sobre control de triquinas en carne de cerdo
24 August 2015UNIÓN EUROPEA - El Diario Oficial de la UE ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1375 de la Comisión, de 10 de agosto de 2015, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en la carne.
Este texto legal, supone una consolidación de toda la anterior legislación en este tema ya que deroga legislaciones anteriores como el Reglamento (CE) nº 2005/2005 con las posteriores modificaciones que ha tenido.
El Reglamento establece las obligaciones de las autoridades competentes y de los mataderos en materia de toma de muestras en las canales y las excepciones en las que no se realizarán esas tomas.
Según el Reglamento, las canales de cerdos domésticos se someterán a muestreo en los mataderos, en el marco de los exámenes post mortem y se analizarán, para detectar triquinas, todas las canales de las cerdas de cría y los verracos, o al menos en el 10 % de las canales de los animales que se envíen cada año para ser sacrificados de cada explotación cuyo cumplimiento de las condiciones controladas de estabulación haya sido reconocido oficialmente, y se analizarán sistemáticamente todas las canales procedentes de explotaciones que no hayan obtenido el reconocimiento oficial del cumplimiento de las condiciones controladas de estabulación.
También el Reglamento indica el análisis para la detección de Trichinella y aplicación del marcado sanitario, la formación del personal, los métodos de detección, planes de contigencia, entre otros aspectos.
Puede consultar el Reglamento completo al hacer clic aquí.
Del equipo de redacción de ElSitioPorcino