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Porcicultores logran suspensión de la eliminación de inspeccionar productos cárnicos de importación

04 July 2016

MÉXICO - El Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Guanajuato, concedió la suspensión definitiva a la Unión Ganadera Regional de Porcicultores de Guanajuato, organización perteneciente a la OPORPA, en contra de la pretensión de la Secretaría de Agricultura, de cancelar la Norma Oficial Mexicana 030 (NOM-030-ZOO-1995), que establece los procedimientos para la verificación de carne, canales, vísceras y despojos de importación en puntos de verificación zoosanitaria.

Según información de Omnia, dicha Norma Oficial expedida el 17 de abril de 1996, establece que la carne que ingresa a México pudiera ser una fuente de enfermedades que afecte la salud animal y pública, si no se verifica su procedencia y calidad zoosanitaria.

No obstante, a través de los Programas Nacionales de Normalización 2015 y 2016, la Secretaría de Agricultura anunció su intención de cancelar la NOM 030, al considerar que ya no subsistía las causas que motivaron la expedición de la misma, sin embargo, el Juzgado consideró que su incumplimiento significarían un riesgo zoosanitario, pues la calidad higiénico-sanitaria de las importaciones estarían en entredicho y no garantizarían el derecho a la salud de los consumidores y a contar con una alimentación sana y de calidad.

La NOM 030 ordena que se inspeccionarán el 100% de los lotes de cárnicos a importarse en lo relativo al cumplimiento de lo establecido en la hoja de requisitos zoosanitarios del SENASICA (Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria), así como en cuanto al muestreo para análisis toxicológico.

Asimismo, dispone que los productos cárnicos procedentes de plantas aprobadas por la Secretaría de Agricultura, se revisarán entre el 100 y el 25% de sus exportaciones, en cuanto al análisis organoléptico y la clasificación de defectos para aprobar o rechazar su importación.

El presidente de la Organización de Porcicultores del País (OPORPA), Heriberto Hernández Cárdenas, advirtió que no es necesaria una nueva regulación, sino que se observe como es debido y en sus términos la NOM 030 existente, en cuya creación participaron un grupo plural de organizaciones, tal y como lo ordena la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

En cuanto al otorgamiento de la suspensión definitiva por el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Guanajuato, ésta puede ser recurrida por las autoridades responsables dependientes de la SAGARPA, lo cual podría considerarse como una señal de que las mismas pretenden incumplir su responsabilidad de asegurar a los mexicanos, que las importaciones no constituyan “un riesgo zoosanitario y que sean de óptima calidad higiénico-sanitaria para el consumo humano”.

La importancia del sector porcícola en México radica en que se trata de una industria cuya producción asciende a 1.2 millones de toneladas, que representa el 20.1% de la producción cárnica en el país, cuyo valor económico se ubica en 40 mil millones de pesos; asimismo, más de dos millones de familias viven directamente de la industria, la cual genera más de 350,000 empleos directos y 1.7 millones de indirectos.

La OPORPA agrupa al 80% de los productores de cerdo en pie del país, quienes obtienen el 75% de la producción nacional, y exportan el 65% de la carne de cerdo a los más diversos y exigentes mercados internacionales.

La pretensión de la Sagarpa pondría en riesgo el crecimiento de esta industria que ya alcanza el 1.6% anual y generaría el incremento de las importaciones que en 2015 alcanzaron las 516 mil toneladas, en contraste con las exportaciones que se ubicaron en sólo 71 mil toneladas.

Del equipo de redacción de ElSitioPorcino



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