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Junta de Andalucía vigila productos ibéricos y su etiquetado

24 August 2015

ESPAÑA - La Consejería de Salud, a través de sus servicios provinciales de Consumo, ha iniciado una campaña de inspección en comercios minoristas para controlar los productos ibéricos con el objetivo de garantizar una correcta y leal competencia de los mercados y asegurar la defensa de las personas consumidoras, evitando fraudes y distorsiones de la competencia con otros productos porcinos.

Según informa la Junta de Andalucía, la campaña se desarrolla hasta noviembre, para supervisar estos productos en distintas épocas del año, y verifica que no se producen fraudes que afecten a los derechos de las personas consumidoras.

Además, esta campaña también pretende sensibilizar a los fabricantes, distribuidores y, en general, a todos los que intervienen en la cadena de comercialización, de que deben poner en el mercado productos que cumplan las normas referentes al etiquetado e información de su composición.

La campaña, que es de ámbito nacional, se realiza por los servicios de Consumo de Sevilla, Huelva, Granada y Córdoba, con 100 controles de la información obligatoria del etiquetado de los productos y 31 tomas de muestras.

Consumo vigila que se cumplen los estándares de calidad y que los productos están etiquetados, comprobando que figuran los datos identificativos del responsable, la lista de ingredientes, el lote, el marcado de fechas y que no se utilizan nombres, logotipos, imágenes, símbolos o menciones que puedan inducir a error al consumidor.

Además, se verifica que los productos incluyen en su etiquetado los términos "certificado por" seguido por el nombre del organismo independiente de control. Se tendrá en cuenta especialmente la adecuación a los requisitos normativos de la denominación de venta (tipo de producto, designación por alimentación y manejo –de bellota, de cebo de campo y de cebo- y tipo racial –100% ibérico o ibérico-).

Las infracciones pueden oscilar entre los 200 y los 5.000 euros si la irregularidad cometida es leve, como, por ejemplo, un defecto en la información o el etiquetado que deba figurar en el producto, y entre 5.001 y 30.000 euros, si es grave, como, por ejemplo, un fraude al consumidor.

Entre las circunstancias agravantes que permiten elevar la cuantía de la sanción se encuentran la reincidencia, la reiteración, el haber originado globalmente a los consumidores un daño o perjuicio valorable en cuantía superior a 50.000 euros, la posición relevante en el mercado del infractor y el incumplimiento de las advertencias o requerimientos previos formulados por la Administración para la subsanación de las irregularidades detectadas.

La Consejería de Salud advierte de la necesidad de comprobar el etiquetado antes de comprar el producto para conocer las menciones e indicaciones que impone la norma, además de las cualidades y condiciones que debe cumplir. Igualmente debe informar también sobre las condiciones especiales de conservación y de utilización, si las hubiera, así como el número del lote, que deberá figurar en sitio visible, claramente legible e indeleble.

Otras informaciones obligatorias en el etiquetado son la identificación de la empresa, que deberá detallar el nombre, razón social o denominación del fabricante o el envasador, o de un vendedor establecido dentro de la Unión Europea y, en todo caso, su domicilio. Del mismo modo, debe señalarse el lugar de origen o procedencia del producto, especialmente si procede de fuera del espacio comunitario.

Del equipo de redacción de ElSitioPorcino



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