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El almacenamiento privado sí admite la cinta del lomo
20 January 2016ESPAÑA - El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), a través del Fondo Español de Garantía Agraria, planteó a la Comisión Europea sus dudas sobre si la cinta del lomo y el solomillo eran productos susceptibles de solicitar la ayuda al almacenamiento privado.
De acuerdo con la respuesta de la Comisión Europea, el solomillo no está incluido entre los productos con derecho a ayuda para el almacenamiento privado en la categoría 6 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2334 de la Comisión.
La Comisión indica que esta categoría solo incluye los "Trozos de despiece correspondientes a los "centros". Según la norma CEPE/ONU para las canales y los cortes de carne de porcino, el solomillo se retira a menos que se especifique lo contrario.
Por otro lado, cinta de lomo sí sería un producto susceptible de solicitar la ayuda al almacenamiento privado, de acuerdo con la respuesta de la Comisión que dice que según el apartado 2.A, letra k), párrafo segundo, de las notas complementarias del capítulo 2 de la nomenclatura arancelaria y estadística [Reglamento (UE) 2015/1754], esta subpartida comprende también los trozos de centros que contengan el tejido del chuletero y de la panceta en las proporciones naturales de los centros enteros.
Por otro lado, también se indicó que las papadas tampoco pueden beneficiarse de la ayuda.
Del equipo de redacción de ElSitioPorcino